miércoles, 17 de junio de 2009

Como obtener el certificado de discapacidad...

Certificado de Discapacidad
El CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD acredita que la persona que lo posee padece una restricción o ausencia -debida a una deficiencia- de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para el ser humano Es decir, que acredita que la persona no posee un estado de completo bienestar físico y/o mental. Por lo dicho queda en claro que la definición de discapacidad no se limita a las personas que padecen afecciones y enfermedades.



El Certificado de Discapacidad ¿Indica el Grado de Discapacidad o Incapacidad?
Primero que nada cabe aclara que Discapacidad e Incapacidad son dos cosas totalmente diferentes. El Certificado de Discapacidad es un documento que acredita el tipo de discapacidad que padece la persona y el Estado Nacional debe velar por los beneficios que el mismo le concede. El Certificado de Discapacidad no acredita grado por incapacidad.


¿Qué beneficios se obtienen?
Se obtienen beneficios que tienen por objeto la integración social de las personas con discapacidad, y el aval de una garantía de igualdad ante la ley, a fin de garantizarles el pleno goce y ejercicio de los derechos humanos y de la igualdad real de oportunidades, neutralizando las desventajas que frente al resto crea su discapacidad.
Estos beneficios en concreto son:Cobertura integral de las prestaciones básicas de habilitación y rehabilitación: prevención, rehabilitación, educación, asistencia. (Traslado gratuito en transporte colectivo de pasajeros.)
Acceso a regímenes diferenciales de seguridad social (por ejemplo, pensiones asistenciales).
Asignaciones por escolaridad y asignación por hijo con discapacidad a favor del padre/madre del mismo aún cuando fuera mayor de edad.
Las personas con discapacidad motora tienen derecho a libre tránsito y estacionamiento de acuerdo a lo que establezcan las respectivas disposiciones municipales las que no podrán excluir de esas franquicias a los automotores patentados en otras jurisdicciones. Dichas franquicias serán acreditadas por un distintivo de Identificación.
Obtención de franquicias para la adquisición de automotores.
Cobertura integral de medicación.
Cobertura integral de tratamiento psicológico y/o psiquiátrico, incluso de su grupo familiar.
Cobertura integral de alimentación dietoterápica que no se produzca en el país.
Diagnóstico, orientación y asesoramiento preventivo para los miembros del grupo familiar de pacientes que presentan patologías de carácter genético-hereditario.


¿Dónde se saca?
En la Dirección Provincial de Inclusión de Personas con Discapacidad de Rosario cuenta con una nueva sede en 9 de Julio 325.

El horario de atención, de 8 a 18, y se incorporó una línea telefónica gratuita 0800 - 888 - 3588 para asesoramiento y atención. Los nuevos teléfonos son (0341) 472 1165 / 65 / 55 / 60 – interno.
En esta sede se podrá tramitar el Certificado Nacional de Discapacidad, a través de tres juntas evaluadoras, únicas en Rosario y zona de influencia.


¿Tiene algún costo el trámite?
No, es totalmente gratuito.



¿En qué consiste el trámite?
Primero hay que sacar turno para una junta evaluadora. Es necesario llevar DNI original (excluyente) donde conste el domicilio actual; además, deberá presentarse con un certificado médico en donde conste el diagnóstico del paciente con el objeto de ser asignado con el médico especialista, o bien conocer con precisión cuál es el diagnóstico a evaluar, y si la persona con discapacidad tiene Obra social, llevar fotocopia del carnet.

Es OBLIGATORIO para retirar el turno presentar DNI original, del solicitante sin excepción: NO se entregan turnos sin cumplir con este requisito. Además, es necesario conocer el diagnóstico específico del interesado.
Solo se extiende un (1) turno por persona, excepto Padres, Madres o familiares directos que puedan comprobar vínculo, y que necesiten más de un turno.
Luego se le dará un turno para que una Junta evaluadora determine el grado de discapacidad de la persona y en su caso determine si puede acceder o no a los beneficios del mismo.
Si la Junta considera que el certificado de discapacidad debe ser otorgado, inmediatamente se le dará uno provisorio a fin de que pueda hacer sus derechos, por ej. ante la Obra Social o la Prepaga y luego se le dará el definitivo una vez que llegue de la ciudad de Santa Fe.


¿Qué más se puede tramitar allí?
De acuerdo a lo informado por fuentes oficiales, también se podrán tramitar subsidios para la compra de ayudas técnicas a la discapacidad –sillas de ruedas, audífonos, muletas, andadores–, becas de formación laboral, subsidios de apoyo a ONGs y para municipios y comunas.